Al final de cada mes le enviaremos las nóminas correspondientes, y deberá realizar la transferencia del salario a la cuenta del autónomo colaborador según los importes indicados en dichos documentos. En el concepto del pago puede poner “Nómina”.
El importe de x euros brutos al mes que usted abona al colaborador se considerará para usted como un gasto en concepto de remuneración y se reflejará en su contabilidad. Para el colaborador, estos x euros se considerarán ingresos por actividad profesional, y deberá declarar y tributar por ellos en su declaración anual del IRPF.
Al calcular la nómina, aplicaremos las retenciones correspondientes sobre los ingresos del colaborador, y al final de cada trimestre usted deberá ingresar esas retenciones mediante una declaración específica, la cual prepararemos nosotros y le informaremos de los resultados en el momento oportuno.
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